INFORMACIÓN PÚBLICA
Artículo 10. Información Pública de Oficio. Los sujetos obligados deberán mantener actualizada y disponible en todo momento de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado:
1. Estructura Orgánica
FUNCIONES DEL REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS
El Registro de Garantías Mobiliarias, creado por esta ley, como una dependencia pública del Ministerio de Economía, tiene por objeto la inscripción de la constitución, modificación, prórroga, extinción y ejecución de garantías mobiliarias y consecuentemente, la publicidad de las mismas. Artículo 40 de La Ley de Garantías Mobiliarias.
2. Directorio y Teléfonos
Dirección: 11 Avenida 03-14 Zona 01. Guatemala, Guatemala
Teléfonos: +502 2238-3671
+502 2238-3079
+502 2238-5805
4. Listado Oficial de Puestos del Registro de Garantías Mobiliarias
Enero Febrero Marzo
5. Misión y Objetivos de la Institución
MISIÓN DEL REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS
Ser la institución pública responsable de centralizar la inscripción de constitución, modificación, ejecución y cancelación de garantías mobiliarias y consecuentemente dar publicidad a las mismas de forma electrónica y automatizada para otorgar certeza jurídica a personas individuales y jurídicas.
OBJETO DEL REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS
Artículo 40: Registro de Garantías Mobiliarias. El Registro de Garantías Mobiliarias, creado
por esta Ley como una dependencia pública del Ministerio de Economía, tiene por objeto la
inscripción de la constitución, modificación, prórroga, extinción y ejecución de garantías
mobiliarias y, consecuentemente, la publicidad de las mismas. Son públicos sus documentos,
archivos y actuaciones.
El Registro será público, electrónico, dotado de mecanismos de seguridad indispensables que
garanticen y salvaguarden la información que consta en el mismo. El Registro no calificará ni
prejuzgará sobre la validez de los actos registrados; su función consiste en hacer público el
hecho que se ha constituido, modificado, ejecutado o extinguido una garantía mobiliaria,
cuando el registro sea necesario para lograr esta publicidad, de acuerdo a la presente Ley.
En la base de datos del Registro de Garantías Mobiliarias sólo aparecerá una descripción
general del documento o documentos en donde consta la constitución o modificación de la
garantía mobiliaria. No corresponde al Registro de Garantías Mobiliarias calificar de ninguna
forma los documentos que sirven de base a una inscripción, sea esta la primera inscripción o
cualquier inscripción posterior relacionada con la misma, pues al ser un registro electrónico
que únicamente hace público el hecho que se ha constituido, modificado, ejecutado o
extinguido una garantía mobiliaria, no asume responsabilidad por inscripciones que se hagan
en virtud de documentos falsos, inexactos, inconsistentes o nulos.
El Organismo Ejecutivo, por medio del Ministerio de Economía, emitirá el reglamento del
Registro, así como los respectivos aranceles a cobrar a sus usuarios.
PLAN OPERATIVO ANUAL
RESULTADOS DEL PLAN OPERATIVO ANUAL
6. Manuales de Procedimiento
Manuales de procedimiento administrativos
Guías Técnicas para el Usuario
- Búsquedas o consultas sin costo
- Creación de cuenta de usuario
- Generación de certificaciones
- Inscripción de compra venta con pacto de reserva de dominio
- Inscripción de constitución
- Inscripción de descuento de derechos de crédito
- Inscripción de ejecución
- Inscripción de extinción o cancelación
- Inscripción de Factoraje
- Inscripción de leasing
- Inscripción de modificación
- Inscripción por traslado de Garantía Mobiliaria
- Pago de arancel
- Prórroga de vigencia de inscripción